Ensenada Baja California 27 de mayo del 2025 –El próximo domingo 1 de junio de 2025 no solo marcará un hecho inédito en la historia democrática de México con la realización de las primeras elecciones judiciales, sino que también se ha establecido como día de descanso obligatorio, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT). Esta fecha fue incorporada como feriado oficial debido a la trascendencia de los comicios, donde se renovarán 881 cargos del Poder Judicial en todo el país.

Este nuevo feriado no solo busca garantizar que la ciudadanía tenga tiempo y disponibilidad para acudir a las urnas, sino también establecer condiciones laborales claras para quienes deban trabajar durante esta jornada. La inclusión del primer domingo de junio como feriado electoral se encuentra ya reflejada en el artículo 74 de la LFT, que establece los días de descanso obligatorio para todos los trabajadores bajo relación subordinada.
¿Qué pasa si te toca trabajar el 1 de junio?
Si eres uno de los empleados a quienes se les solicita laborar durante este domingo, tu patrón está obligado a pagarte una compensación especial. Esto incluye el sueldo normal del día, más un pago doble adicional, lo cual significa que ese día deberías recibir el triple de tu salario diario habitual.
Además, al ser un domingo, se suma la prima dominical, que consiste en un 25% extra sobre tu salario diario. Esto quiere decir que en total podrías estar cobrando más de tres veces tu ingreso diario, dependiendo de la base con la que se calcule la prima.
Para ponerlo en términos sencillos: si ganas $300 pesos al día, recibirías $900 pesos solo por el hecho de trabajar el domingo 1 de junio, más $75 pesos de prima dominical, sumando un total de $975 pesos por esa jornada laboral. Este pago debe entregarse sin excusas, y cualquier omisión puede ser denunciada ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
¿Qué otras fechas oficiales de descanso quedan en 2025?
La Ley Federal del Trabajo reconoce nueve días feriados obligatorios con pago, y entre ellos ahora se encuentra el 1 de junio, solo en años donde se celebren elecciones federales o judiciales. Las fechas restantes para este año son:
- 1 de enero – Año Nuevo
- Primer lunes de febrero – Día de la Constitución
- Tercer lunes de marzo – Natalicio de Benito Juárez
- 1 de mayo – Día del Trabajo
- 5 de mayo – Batalla de Puebla
- 16 de septiembre – Independencia de México
- 2 de noviembre – Día de Muertos (solo para trabajadores del Estado)
- Tercer lunes de noviembre – Revolución Mexicana
- 25 de diciembre – Navidad
¿Qué hacer si no te pagan lo que corresponde?
Si trabajas el 1 de junio y tu empleador no respeta la ley, puedes levantar una queja ante la Profedet llamando al 800 717 2942 o acudiendo directamente a una Junta Local de Conciliación y Arbitraje. La LFT protege tus derechos, y el no pagar el triple por día feriado es considerado una infracción.





