Ensenada, B.C.-Martes 1 de Septiembre de 2026.- Una revisión de fondo al esquema mediante el cual se calcula y cobra el impuesto predial en Ensenada fue solicitada por el abogado Marcos Carlón, integrante del Colegio de Abogados de Ensenada, quien planteó al Cabildo analizar nuevamente los valores fiscales de los inmuebles, las sobretasas y los criterios utilizados para determinar cuánto debe pagar cada contribuyente.

Carlón consideró que el tema debe ser revisado de cara a la próxima Ley de Ingresos municipal, particularmente porque durante los últimos cinco años se han registrado incrementos en el predial asociados, entre otros factores, a la actualización de los valores fiscales de los terrenos y a la aplicación de sobretasas. Desde su perspectiva, el aumento de los montos no necesariamente se ha traducido en una mayor disposición de los ciudadanos para cumplir con esta obligación, sino que incluso puede generar el efecto contrario cuando los propietarios reciben recibos con cantidades que consideran elevadas.

Uno de los puntos que el abogado puso sobre la mesa es el valor unitario del suelo, parámetro que interviene directamente en el cálculo del valor fiscal de los predios. Señaló que en algunas zonas estos valores han registrado incrementos superiores al 30 por ciento, situación que termina repercutiendo en el monto final del impuesto que deben cubrir los propietarios.

Explicó que las zonas y valores de referencia utilizados para estos cálculos se determinan con participación del Consejo Municipal de Catastro (COMUCI), organismo en el que intervienen representantes técnicos relacionados con los sectores de la ingeniería y la arquitectura. De acuerdo con Carlón, la función de este tipo de organismos resulta fundamental porque de sus análisis dependen parámetros que posteriormente tienen efectos directos en las obligaciones económicas de los propietarios.

Por ello, planteó que el COMUCI debe realizar estudios técnicos completos y verificables que permitan establecer de manera objetiva los valores unitarios tanto del suelo como de las construcciones. La intención, dijo, debería ser que los valores fiscales respondan a criterios técnicos y actualizados, pero también que exista claridad para que el contribuyente pueda conocer por qué su propiedad tiene determinado valor fiscal y cómo ese dato termina reflejándose en su recibo.

El abogado también pidió que dentro de la discusión de la próxima Ley de Ingresos se analice la permanencia de la sobretasa aplicada al predial. Desde su perspectiva, este cobro debe ser revisado junto con el resto de los componentes de la fórmula para determinar si continúa siendo necesario, proporcional y justificable para los contribuyentes.

Otro aspecto señalado por Carlón son las inconsistencias que, afirmó, ha encontrado en algunos recibos de predial a partir de su experiencia profesional. Explicó que este tipo de situaciones ha llevado a propietarios a recurrir a procedimientos y litigios administrativos para cuestionar los cobros, procesos en los que las autoridades deben sujetarse a lo establecido por la legislación vigente.

El planteamiento no se limita únicamente a cuánto paga un propietario, sino también a qué relación existe entre la recaudación y los servicios que recibe la población. Carlón sostuvo que los recursos obtenidos mediante el predial deben reflejarse en servicios municipales e infraestructura, como mantenimiento urbano, atención de vialidades, servicios públicos y otras acciones que forman parte de las responsabilidades del Ayuntamiento.

El predial constituye una de las principales fuentes de ingresos propios de los gobiernos municipales, por lo que cualquier modificación a sus valores o mecanismos de cobro puede tener un efecto tanto en las finanzas públicas como en la economía de los propietarios. De ahí que el abogado considere necesario que cualquier ajuste sea acompañado por estudios técnicos y jurídicos que permitan justificar los parámetros utilizados.

La propuesta también abre una discusión sobre la necesidad de que el ciudadano pueda entender con mayor facilidad cómo se determina el monto que aparece en su recibo. Cuando existen modificaciones en el valor fiscal de un inmueble, sobretasas u otros elementos que intervienen en el cálculo, la transparencia de la información se vuelve fundamental para evitar inconformidades y dar certeza a los contribuyentes.

Carlón insistió en que el Cabildo debe asumir esta revisión con la participación de especialistas y organismos técnicos, evitando que el análisis se limite únicamente a una discusión política o presupuestal. Su propuesta es que se revisen los criterios de manera integral y que cualquier modificación quede sustentada en estudios que puedan ser consultados y verificables.

La discusión deberá darse durante el proceso de análisis de la próxima Ley de Ingresos, donde los integrantes del Cabildo tendrán que valorar tanto las necesidades financieras del Ayuntamiento como el impacto que los cobros representan para los ciudadanos.

Para Marcos Carlón, el objetivo final debe ser establecer un sistema de predial con parámetros claros, técnicamente sustentados y jurídicamente sólidos, en el que el contribuyente pueda conocer por qué paga determinada cantidad y en qué medida esos recursos regresan a la comunidad mediante servicios e infraestructura.

El llamado, en ese sentido, es a que la revisión no se quede únicamente en cuánto se recauda, sino que también se analice cómo se determina el cobro y si los criterios utilizados actualmente corresponden a la realidad de los inmuebles y a las condiciones económicas de quienes deben cubrir el impuesto.

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